Teología Dogmática

jueves, 16 de noviembre de 2017

TEOLOGÍA DE LOS SACRAMENTOS


 

             I. Los Sacramentos en general





Primera Parte: Estudio del Signo Sacramental.
Los sacramentos son signos eficaces de la gracia, instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia.


Primera Parte: Estudio del Signo Sacramental.

TEMA 1: LOS SACRAMENTOS EN GENERAL

1.1 Naturaleza de los sacramentos
1.1.1 Noción de los sacramentos
1.1.2 Los sacramentos son realidades sensibles
1.1.3 La realidad sensible de los sacramentos tiene el carácter de signo
1.1.4 El signo sensible del sacramento está constituido por la materia y por la forma
1.1.5 La institución de los sacramentos por Cristo
1.1.6 Los sacramentos no sólo significan la gracia, sino que también la producen

1.2 La eficacia sacramental

1.3 Efectos de los sacramentos
1.3.1 La gracia santificante
1.3.2 La gracia sacramental
1.3.3 El carácter

1.4 Institución y número de los sacramentos

1.5 Validez y licitud sacramental

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1.1 NATURALEZA DE LOS SACRAMENTOS

1.1.1 Noción de los sacramentos

A. Definición nominal

La palabra latina sacramentum significa etimológicamente algo que santifica (res sacrans), y equivale en griego a la voz misterio (mysterion: cosa sacra, oculta o secreta).

Del significado nominal se ve claro que el sentido de la palabra es muy amplio: significa cualquier cosa sagrada o religiosa.

En este sentido amplio, toda la Creación es un sacramento, es decir, un signo en cierto sentido sagrado, por ser un modo visible en que se manifiesta la realidad del Dios invisible. Dios se ha hecho conocer en el mundo creado de modo analógico y finito, de forma que puede ser entrevisto en su poder y divinidad, tal como explica san Pablo en Romanos 1, 20: “Desde la creación del mundo, su eterno poder y su divinidad, son conocidos mediante las creaturas”.

A la virtud simbólica del mundo total y de las cosas en particular hay que añadir otro simbolismo sagrado: el que Dios quiso asociar a las realidades del Antiguo Testamento que representaban anticipadamente las del Nuevo, por ejemplo, el Cordero Pascual, signo de Cristo; el Arca de la Alianza, símbolo de la Iglesia; el maná, de la Eucaristía, etc.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que estas realidades difieren esencialmente de los sacramentos de la Nueva Ley, porque no producían la gracia, sino sólo figuraban la que había de venir por la Pasión de Cristo.

Bajo esta concepción de misterio, ha de afirmarse que el sacramento esencial es Cristo. Cristo es el misterio personificado: su ser, sus palabras y sus obras son la manifestación visible de lo invisible, la aparición de Dios oculto en la realidad de un hombre. Los sacramentos como tales no serán sino la ampliación del ser y del obrar del misterio de Cristo a través de los tiempos y del espacio. Ellos manifiestan el Amor de Dios que está oculto y, como oculto, presente en el mundo. El Amor divino se actualiza a través de ellos.

B. Definición real

Como ya dijimos, el misterio de Cristo se continúa en la Iglesia, que goza siempre de su presencia y lo sirve, especialmente a través de aquellos signos instituidos por Él mismo, que significan y producen el don de la gracia, y son designados con el nombre de sacramentos. El Catecismo de la Iglesia Católica ofrece la siguiente definición:

“Los sacramentos son signos eficaces de la gracia, instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia por los cuales nos es dispensada la vida divina” (n. 1131).

O, en definición equivalente del Catecismo Romano (parte II, cap. I, n. 11), “una cosa sensible que por institución divina tiene la virtud tanto de significar como de conferir la gracia santificante” .

La noción de sacramento incluye los siguientes elementos:

1) que es una ‘cosa sensible’, es decir, algo que el hombre es capaz de percibir por los sentidos corporales (el agua en el Bautismo, el pan y el vino en la Eucaristía, etc.);
2) esa cosa sensible es, además, ‘signo’ de otra realidad (la ‘gracia’ o ‘vida divina’);
3) que haya sido instituido por Jesucristo durante su vida terrena;
4) que tenga eficacia sobrenatural para producir la gracia en quien lo recibe. No sólo significa la gracia sino sobre todo la produce de hecho;
5) como los sacramentos han sido confiados a la Iglesia, se dice que ‘los sacramentos son de la Iglesia’. Esto tiene un doble sentido: existen ‘por ella’ y ‘para ella’. Existen ‘por la Iglesia’ porque ella es el sacramento de la acción de Cristo que actúa en ella gracias a la misión del Espíritu Santo. Y existen ‘para la Iglesia’ porque ellos son ‘sacramentos que constituyen la Iglesia’

Explicaremos detalladamente los elementos de la definición.

1.1.2 Los sacramentos son realidades sensibles

Jesucristo pudo haber comunicado los frutos de la Redención directamente, sin necesidad de recurrir a ningún elemento sensible. A veces lo hace así, y envía su gracia invisible como una ayuda real, sin mediar elemento externo alguno.

Sin embargo Dios, creador de la naturaleza humana, ha querido acomodarse a ella al darnos su gracia. Jesús, p. ej., realizaba de ordinario los milagros sirviéndose de algunos elementos materiales, o de algunos gestos y palabras:
“tocó con su mano al leproso y le dijo: quiero, queda limpio...” (Mateo 8, 3); “diciendo esto, sopló y les dijo: reciban el Espíritu Santo...” (Juan 20, 22); “untó con barro los ojos del ciego de nacimiento; éste se lavó después y comenzó a ver” (Juan 9, 6-7).

Del mismo modo, quiso Jesús en los sacramentos unir su gracia a signos externos en los que se encarna, se materializa, la acción invisible del Espíritu Santo. La pedagogía divina ha querido comunicar al hombre la gracia sobrenatural a través de las mismas realidades materiales que usamos en nuestra vida ordinaria, dándoles una significación más alta y una eficacia que de suyo no tiene ni pueden tener.

1.1.3 La realidad sensible de los sacramentos tiene el carácter de signo

Definición.- Por signo se entiende todo objeto, fenómeno o acción que representa otro objeto, fenómeno o acción.

El valor de un signo no proviene de lo que él es de por sí, sino de su función indicadora y demostrativa que trasciende su propio ser. Así, por ejemplo, el tender la mano es un signo de unión interior y de ofrecimiento del yo al tú. En la palabra puede expresarse formalmente esa intención; en el signo está representada. En ocasiones los gestos escapan incluso al dominio del lenguaje hablado.

El signo ha de guardar de algún modo relación natural con lo significado. La virtud simbólica concedida por Dios a las cosas no es algo caprichoso, sino que estriba en su ser propio y lo trasciende.

Por ejemplo, al orar levantamos las manos hacia arriba para expresar que nos trascendemos a nosotros mismos hacia Dios. También podemos expresar este deseo quemando incienso que asciende a lo alto. Juntamos las manos para simbolizar que estamos dispuestos a dejarnos atar por Dios. Pero podemos también representar nuestra entrega por medio de la vela que arde y se consume. Nos santiguamos para simbolizar nuestra fe en Cristo crucificado y nuestra participación en su sacrificio mismo. Pero también hacemos imágenes de Cristo crucificado como símbolos de nuestro deseo de unión con Él.

Así, pues, Cristo no eligió una realidad material cualquiera, sino aquella que ya en el plano natural sirve para un fin similar al que Dios quiere producir sobrenaturalmente: el agua, para lavar; el aceite, para fortificar el cuerpo; el pan, para alimentar, etc. Luego determinó que, mediante unas palabras pronunciadas con su autoridad, estas realidades materiales significaran y causaran un efecto santificador: el agua lava la mancha del pecado en el alma.

1.1.4 El signo sensible del sacramento está constituido por la materia y por la forma

Al elemento material del sacramento se le llama materia, y a las palabras que completan y dan su eficacia a la materia se le denomina forma. Cuando la forma es pronunciada por el ministro con la intención de hacer lo que hace la Iglesia, Dios confiere su gracia a través del sacramento, que es el instrumento del que se sirve para santificarnos. Tenemos ahí el signo externo de la gracia (materia y forma) y la gracia conferida.

El signo sensible lo componen conjuntamente la materia y la forma, y es a lo que la Iglesia da el nombre de sacramento.

La materia y la forma constituyen la esencia del sacramento y no pueden variarse o modificarse, pues fueron determinadas por institución divina. La Iglesia, al establecer modificaciones en los ritos, jamás varía esta parte esencial, sino que sólo regula las ceremonias litúrgicas alrededor de los dos elementos constitutivos de cada sacramento.

1.1.5 Institución de los sacramentos por Cristo

Cristo instituyó directa y personalmente todos los sacramentos: Él determinó tanto el signo externo correspondiente como la gracia que de él se derivaría.

La Sagrada Escritura muestra con toda claridad la institución del Bautismo (cf. Mateo 28, 19; Marcos 16; 16: Juan 3, 5), la Eucaristía y el Orden sacerdotal (cf. Mateo 26, 26-29; Marcos 14, 22-25; Lucas 22, 19-20; I Cor. 11, 23-25), y la Penitencia (cf. Juan 20, 23). Aunque la institución de los demás no aparece destacada, fue Cristo quien lo hizo con su potestad.

Así lo atestigua la Tradición. Desde los primeros momentos, los Apóstoles bautizan a los que aceptan el Evangelio (cf. Hechos 2, 41), siguiendo el mandato del Señor, y confirman después a los bautizados (cf. Hechos 8, 17). El Apóstol Santiago habla de la Unción de los enfermos como de algo perfectamente sabido por todos (cf. Sant. 5, 14-15), recomendando y promulgando lo establecido por Jesucristo. El Matrimonio queda santificado por la presencia del Señor en las bodas de Caná (cf. Juan 2, 1-11), reafirmando Cristo mismo la unidad e indisolubilidad de la primera institución (cf. Mateo 19, 1-9).

Ningún sacramento, pues, ha sido instituido por la Iglesia, ya que la autoridad eclesiástica no tiene poder sobre la esencia de los sacramentos; sólo puede cambiar “aquello que según la variedad de las circunstancias, tiempos y lugares, juzgara que conviene más a la utilidad de los que lo reciben o a la veneración de los mismos sacramentos” (Conc. de Trento, sesión XXI).

1.1.6 Los sacramentos no sólo significan la gracia, sino que también la producen

El sacramento es un símbolo, un signo, puesto que representa sensiblemente una realidad misteriosa; pero es un símbolo de orden muy particular. Instituido por Cristo, tiene la tremenda fuerza de contener realmente lo que significa. El Bautismo, por ejemplo, no sólo simboliza la purificación y la limpieza interiores, sino que efectivamente la produce. Por eso se dice que el sacramento es un signo que produce lo que significa.

Los sacramentos de la Nueva Ley, pues, no sólo significan la gracia, sino sobre todo la producen de hecho en las almas. No son signos convencionales o ineficaces, sino que verdaderamente obran siempre aquello que significan de un modo infalible, en aquel que los recibe con las debidas disposiciones. Esta idea se expresa diciendo que obran ex opere operato (por la obra realizada), con independencia de las personas y en dependencia absoluta de la voluntad divina que los ha instituido.

1.2 LA EFICACIA SACRAMENTAL

Ya mencionamos que los sacramentos son -por voluntad de Cristo- la continuación, hasta el fin de los tiempos, de las mismas acciones salvadoras realizadas por el Señor durante su vida terrena. De ahí que sean medios de santificación con la misma eficacia infalible que poseía la Santísima Humanidad de Cristo: actúan comunicando siempre la gracia, cuando el rito se realiza correctamente y el sujeto no pone un obstáculo.

Los sacramentos “son eficaces porque en ellos actúa Cristo mismo; Él es quien bautiza, Él quien actúa en sus sacramentos con el fin de comunicar la gracia que el sacramento significa” (Catecismo, n. 1127).

Sin embargo, los sacramentos no son la causa principal de la comunicación de la gracia, sino que son causas instrumentales. Así, se dice que una es la acción del que obra (causa principal, p.ej., el artista que pinta un cuadro), y otra la del instrumento con que obra (causa instrumental, p.ej., el pincel del pintor). En los sacramentos, la causa principal es Dios, a través de la Humanidad Santísima de Jesucristo; el sacramento es sólo instrumento a través del cual Dios produce la gracia.

Aunque no sean la causa principal, es sin embargo correcto afirmar que los sacramentos son signos eficaces de la gracia, pues de un modo infalible la producen en el alma. La teología, para designar esa eficacia objetiva, creó la fórmula “sacramenta operantur ex opere operato”; es decir, los sacramentos actúan por el mismo hecho de que la acción es realizada, dan la gracia en virtud del rito sacramental que se lleva a cabo. “Ex opere operato” quiere decir, textualmente, “por la obra realizada”. El Concilio de Trento sancionó esta fórmula, definiéndola como dogma de fe: “Si alguno dijere que los sacramentos de la Nueva Ley no confieren la gracia en virtud del rito sacramental que se realiza (ex opere operato) (. . .) sea anatema” (DS 1608).

El Concilio hubo de definir esta doctrina para contrarrestar la afirmación de los protestantes en el sentido de que los sacramentos son eficaces por la fe que el sujeto o el ministro ponen en su confección o recepción.

La terminología sobre la fuerza eficaz de los sacramentos expresa la grandeza de los mismos: son, en efecto, una presencia misteriosa de Cristo invisible, que actúa de modo visible a través de esos signos eficaces. “En consecuencia, siempre que un sacramento es celebrado conforme a la intención de la Iglesia, el poder de Cristo y de su Espíritu actúa en él y por él, independientemente de la santidad personal del ministro” (Catecismo, n. 1128).

La formulación explícita de esta doctrina se remonta ya a los tiempos en que san Agustín refutaba a los donatistas, que condicionaban la eficacia de los sacramentos a la disposición del ministro; el ministro sólo presta los medios para que Jesucristo, misteriosamente presente en la Iglesia, actúe con toda su eficacia salvadora. Una vez más se vislumbra la profunda relación entre Cristo-Iglesia-Sacramentos.

El efecto del sacramento tampoco es casuado por la actitud del que lo recibe: la gracia se confiere a quien no pone óbice por el mismo hecho de realizarse el rito sacramental (ex opere operato). Ahora bien, es importante también recalcar que la mayor o menor cantidad de gracia sí depende de las disposiciones del sujeto que lo recibe. Esta disposición subjetiva se designa con la fórmula “ex opere operantis”, que textualmente significa “por la acción del que actúa”.

Sin embargo, y en esto radica la comprensión de la eficacia sacramental, no son las disposiciones del sujeto la causa de que el sacramento produzca la gracia, sino que sólo la medida del grado de gracia que recibe.

Filosóficamente se explica diciendo que la actitud del sujeto es causa dispositiva de la gracia (dispone el grado de gracia que se recibe), pero no causa eficaz (no produce la gracia).

1.3 EFECTOS DE LOS SACRAMENTOS

Señala el Concilio Vaticano II que los sacramentos tienen la virtud de identificarnos con Jesucristo por medio de la gracia que confieren: por ellos “somos incorporados a los misterios de su vida, configurados con Él, muertos y resucitados, hasta que con Él reinemos” (Const. Lumen gentium, n. 7). Sistematizando las consecuencias de esa identificación con Cristo, podemos afirmar que tres son los efectos que producen los sacramentos:

- la gracia santificante, que se infunde o se aumenta;
- la gracia sacramental, específica de cada sacramento;
- el carácter, que es producido por tres sacramentos (Bautismo, Confirmación y Orden sacerdotal).

EFECTOS
a) De todos los sacramentos:
- gracia santificante: infunden (sacram. de muertos) y aumentan (sacram. de vivos)
- gracia sacramental

b) De tres sacramentos: (Bautismo, Confirmación y Orden sacerdotal): imprimen carácter

1.3.1 La gracia santificante

El Concilio de Trento definió como verdad de fe que todos los sacramentos del Nuevo Testamento confieren la gracia santificante a quienes los reciben sin poner óbice (cf. DS 1605 y 1606).

En la Sagrada Escritura, los textos en los que aparece -directa o indirectamente- este efecto, son muy abundantes (cf. Juan 3, 5; Hechos, 8, 17; Efesios 5, 26; II Tim. 1, 6; Tit. 3, 5; Sant. 5, 15; etc.). Algunos pasajes designan este efecto con palabras equivalentes (v. gr., purificación, regeneración, remisión de los pecados, comunicación del Espíritu Santo, etc.).

La gracia santificante puede venir a un alma que ya la poseía, produciéndose un aumento de esa gracia. Puede también ser comunicada a un alma en pecado mortal u original, infundiéndola donde no existía.

Esta diferencia se pone de manifiesto en la terminología teológica que califica al Bautismo y a la Penitencia como sacramentos de muertos, o destinados a perdonar el pecado mortal u original, que priva (mata) la vida sobrenatural en el alma; y a los otros cinco como sacramentos de vivos, porque han de recibirse en estado de gracia y suponen un enriquecimiento y desarrollo de la vida sobrenatural que ya se posee.

Por excepción, el sacramento de la confesión es también sacramento de vivos, cuando quien lo recibe no tiene pecado mortal.

1.3.2 La gracia sacramental

Además de esta gracia común a todos los sacramentos, hay una gracia llamada sacramental, propia de cada uno de ellos. Cada sacramento, en efecto, confiere una gracia sacramental específica, distinta en cada uno de ellos, que añade a la gracia santificante un cierto auxilio divino cuyo fin es ayudar a conseguir el fin particular del sacramento (cf. S. Th. III, q. 62, a. 2).

La gracia sacramental proporciona al cristiano, en las diversas situaciones de su vida espiritual y en el tiempo oportuno, las gracias actuales necesarias para cumplir sus deberes. Los padres, p. ej., en virtud del sacramento del Matrimonio tendrán gracia para recibir y educar cristianamente a los hijos; los sacerdotes contarán con los auxilios necesarios para el desempeño de su ministerio; etc.

1.3.3 El carácter

Es verdad de fe (cf. DS 1609; ver Catecismo, n. 1121) que el Bautismo, la Confirmación y el Orden sacerdotal imprimen en el alma el carácter, es decir, una marca espiritual indeleble que hace que esos tres sacramentos no se puedan volver a recibir.

Fundamento bíblico:
En la Sagrada Escritura se designa el carácter como ‘sello divino’ o ‘sello del Espíritu Santo’, tal como aparece en los siguientes textos: “Es Dios quien a nosotros y a ustedes nos confirma en Cristo, nos ha ungido, nos ha sellado y ha depositado las arras del Espíritu en nuestros corazones”(II Cor. 1, 21). “En Él (Cristo) también ustedes... fueron sellados con el sello del Espíritu Santo prometido” (Efesios 1, 13-14). “No entristezcan al Espíritu Santo de Dios, en el cual han sido sellados para el día de la redención” (Efesios 4, 30). Todos los testimonios citados antes para probar la semejanza con Cristo son válidos aquí también. Según la Sagrada Escritura es el Espíritu Santo quien forma en los hombres, en cuanto bautizados, la imagen de Cristo.

Quien recibe estos sacramentos está para siempre sellado por Cristo, es decir, Cristo ha impreso en él una marca, una huella que le hace ser de su pertenencia. Cristiano significa ser de Cristo, pertenecerle. Quien ha sido señalado por el carácter lleva los rasgos de Cristo, como el hijo lleva los rasgos de su padre, de modo indestructible .

Los pecados pueden desfigurar esos rasgos, pero no aniquilarlos; incluso el bautizado que se condena permanece con ellos.

Según la teología de los Padres de la Iglesia, el carácter permite ser reconocidos en el cielo: Dios y los ángeles distinguen con el carácter sacramental la pertenencia a Cristo de los bautizados, de los confirmados y de los ordenados.

Este enorme poder del carácter proviene de la fuerza del sello de la Cruz. Como la Cruz es la última entrega posible de Dios al hombre, estar sellado con ella implica algo definitivo, radical. Por eso, el recibir este sello es garantía y prenda de vida eterna.

1.4 INSTITUCIÓN Y NÚMERO DE LOS SACRAMENTOS

“Los sacramentos de la Nueva Ley fueron instituidos por Cristo y son siete, a saber, Bautismo, Confirmación, Eucaristía, Penitencia, Unción de los enfermos, Orden sacerdotal y Matrimonio” (Catecismo, 1210).

Aunque el Nuevo Testamento en ningún lugar los enumera juntos, sí habla de modo claro y explícito de cada uno de ellos. Señalamos los principales textos:

1. Bautismo: Mateo 28, 19; Marcos 16, 16; Juan 3, 5.
2. Confirmación: Hechos 8, 17; 19, 6.
3. Eucaristía: Mateo 26, 26; Marcos 14, 22; Lucas 22, 19; I Cor. 11, 24.
4. Penitencia: Mateo 18, 18; Juan 20, 23.
5. Unción de los enfermos: Marcos 6, 13; Sant. 5, 14.
6. Orden sacerdotal: I Tim. 4, 14; 5, 22; II Tim. 1, 6.
7. Matrimonio: Mateo 19, 6; Efesios 5, 31-32.

Las razones de esta multiplicidad de signos salvíficos son explicadas así por el Magisterio de la Iglesia:

“Los siete sacramentos corresponden a todas las etapas y todos los momentos importantes de la vida del cristiano: dan nacimiento y crecimiento, curación y misión a la vida de fe de los cristianos” (Catecismo, n. 1210)

Santo Tomás explica que la conveniencia del número septenario de los sacramentos se infiere por analogía de la vida sobrenatural del alma con la vida natural del cuerpo: por el Bautismo se nace a la vida espiritual, por la Confirmación crece y se fortifica esa vida, por la Eucaristía se alimenta, por la Penitencia se curan sus enfermedades, la Unción de los enfermos prepara a la muerte, y por medio de los dos sacramentos sociales -Orden y Matrimonio- es regida la sociedad eclesiástica y se conserva y acrecienta tanto en su cuerpo como en su espíritu (cf. S. Th. III, q. 61, a. 1).

Siguiendo esa analogía, la teología sacramentaria explica en primer lugar los tres sacramentos de la iniciación cristiana (Bautismo, Confirmación y Eucaristía), luego los sacramentos de la curación (Penitencia y Unción de los enfermos), finalmente, los sacramentos al servicio de la comunidad (Orden sacerdotal y Matrimonio).

1.5 VALIDEZ Y LICITUD SACRAMENTAL

Antes de seguir adelante, resulta oportuno tratar de aclarar dos conceptos claves para la comprensión de la eficacia sacramental: el concepto de validez y el de licitud.
Sacramento válido es aquel que, en su confección y (o) en su recepción, verdaderamente se ha producido, es decir, ha habido sacramento.

Sacramento lícito es aquel sacramento válido que, además, se ha confeccionado o recibido con todas sus condiciones y, por tanto, produce todos sus efectos.

Algunos ejemplos de invalidez e ilicitud aclararán lo anterior:

Sobre invalidez:
- confeccionaría inválidamente (no habría sacramento) el sacerdote que no tuviera pan de harina de trigo en la consagración (sino de otra harina), o que bautizara con un líquido distinto del agua. O quien, sin ser sacerdote, pretendiera consagrar;
- recibiría inválidamente un sacramento (en sentido propio, no lo recibiría) el sujeto que simulara confesar sus pecados, sin intención de recibir el perdón; o quien, por provechos materiales, fingiera recibir el Bautismo.

Sobre la ilicitud:
- la ilicitud en la recepción del sacramento se daría, por ejemplo, en aquel que recibiera la Confirmación (o cualquier otro sacramento de vivos) con conciencia de pecado mortal: recibe la Confirmación, el Matrimonio, etc., pero ilícitamente, faltando el requisito de poseer el estado de gracia;
- un ejemplo de ilicitud en la administración la causaría el médico que bautizara recién nacidos que no se hallan en peligro de muerte: aquellos niños reciben válidamente el Bautismo, pero de modo ilícito. 


 
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